Enviar mercancías al extranjero desde los puertos chilenos —ya sea vino del Maule o Ñuble, madera del Biobío, frutos secos de la zona central o productos manufacturados— implica exponer la carga a largos trayectos marítimos, manipulaciones portuarias y eventualidades climáticas en altamar.

Muchos exportadores asumen erróneamente que, en caso de siniestro, la naviera o el transporte terrestre reembolsarán la totalidad del valor comercial de la mercadería. La realidad es muy distinta: la responsabilidad legal de las navieras está severamente limitada por convenios internacionales.

Por esta razón, contar con un seguro de carga para exportación no es un gasto prescindible, sino una inversión estratégica para salvaguardar el patrimonio y la continuidad de tu negocio. En esta guía te explicamos cómo funciona, qué riesgos cubre y cómo determinar las coberturas según las condiciones de venta internacional.

1. ¿De quién es la responsabilidad de asegurar la carga?

La obligación de contratar la póliza de seguro de transporte internacional depende directamente de la regla Incoterms® acordada entre el exportador chileno y el comprador en el extranjero:

  • Ventas FOB (Free On Board) o CFR (Cost and Freight): La obligación legal de asegurar la carga durante la travesía marítima recae sobre el comprador en destino. Sin embargo, el exportador chileno sigue expuesto al riesgo durante el trayecto terrestre local (desde la planta o packing hasta el puerto chileno) y durante la estadía en el terminal portuario antes del embarque.
  • Ventas CIF (Cost, Insurance and Freight) o CIP (Carriage and Insurance Paid to): El exportador chileno está estrictamente obligado a contratar y pagar una póliza de seguro de transporte que proteja la carga a favor del comprador durante todo el trayecto marítimo.

Recomendación Hen Cargo: Aunque vendas en FOB, es altamente aconsejable contratar una cobertura tramo nacional (Door-to-Port) que proteja tu inversión mientras la carga esté en territorio chileno antes de transferir el riesgo a bordo del buque.

2. El mayor riesgo ignorado: La Avería Gruesa (General Average)

En el transporte marítimo internacional existe una figura legal centenaria consagrada en las Reglas de York y Amberes: la Avería Gruesa.

Ocurre cuando el capitán de una nave toma una decisión intencional y sacrificada para salvar el buque y el resto de la carga de un peligro común (por ejemplo, encallamiento, incendio a bordo o tormenta extrema), como arrojar contenedores al mar o contratar remolcadores de emergencia.

  • ¿Cómo afecta al exportador? Si se declara Avería Gruesa, todos los dueños de las cargas a bordo deben contribuir económicamente a cubrir las pérdidas financieras, independientemente de si su contenedor sufrió daños o no.
  • El rol del seguro: Si tu carga cuenta con un seguro de exportación, la aseguradora emite la garantía requerida por la naviera para liberar tus contenedores. De lo contrario, la naviera retendrá tu mercadería en el puerto hasta que liquides tu cuota proporcional en dinero efectivo.

3. Principales Coberturas: Cláusulas del Instituto de Londres (ICC)

Al cotizar una póliza de exportación con tu freight forwarder, existen tres tipos de coberturas estandarizadas a nivel mundial:

A. Institute Cargo Clauses (A) – Cobertura “Todo Riesgo”

Es la cobertura más completa y la más recomendada para mercancías procesadas, manufactura y vinos. Cubre cualquier daño físico o pérdida de la carga por causas externas, salvo las exclusiones explícitas (como mal embalaje por parte del embarcador o demora comercial).

B. Institute Cargo Clauses (B) y (C) – Coberturas Nombradas

Cubren únicamente los siniestros listados explícitamente en la póliza, tales como volcamiento, varadura o encallamiento del buque, colisión, incendio, o descarga en puerto de refugio. Son pólizas con primas más económicas, pero dejan fuera riesgos como robos parciales o mojaduras accidentalmente causadas durante la manipulación.

4. ¿Cómo se calcula la Suma Asegurada en Exportación?

Para que un seguro responda de manera adecuada, el valor de la póliza debe reflejar no solo el costo directo de los productos, sino también los gastos involucrados en la operación de comercio exterior.

La norma internacional establece que la suma asegurada para exportación se calcula mediante la siguiente fórmula:

Valor Asegurable = Valor de la Mercancia (FOB/CFR) + Flete Marítimo + 10% (Beneficio Imaginario)

El 10% de Beneficio Imaginario es reconocido por las aseguradoras para compensar al exportador o comprador por los gastos administrativos, costos financieros y el margen de ganancia proyectado que se pierde tras el siniestro.

5. Recomendaciones para evitar la liquidación rechazada por la Aseguradora

  1. Embalaje Apto para Exportación: La causa número uno de rechazo de siniestros no es el naufragio, sino el embalaje deficiente. Asegúrate de que los pallets estén correctamente estibados, zunchados y con film stretch de alto calibre para resistir los movimientos del barco.
  2. Inspección de Contenedores: Antes de consolidar la carga, verifica que el contenedor marítimo no presente hoyos, hendiduras por donde pueda ingresar agua de mar, ni olores extraños.
  3. Dejar Constancia en la Recepción: Si el comprador detecta sellos rotos o cajas dañadas en el puerto de destino, debe dejar constancia inmediata en la guía de entrega y solicitar una inspección (Survey) antes de retirar la carga del terminal.

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